Garantías Mobiliarias de Bienes Raíces

Introducción

Gracias a la vigencia de esta ley, los contratos para garantía mobiliaria son más formales, debido a que estos deben presentarse por escrito, además, son entre el garante (persona natural o jurídica, sea el deudor o tercero) y el acreedor garantizado (debe estar inscrito en el registro de garantías mobiliarias), además, los contratos deben contener: Nombres, identificaciones y firmas de los contratantes; el valor máximo cubierto por la garantía; la descripción genérica o especifica de los bienes dados en garantía; y una explicación de las obligaciones garantizadas, sean presentes o futuras.

En esto contratos se puede llegar a garantizar el capital de la deuda establecida, sus comisiones, intereses, gastos para el desarrollo de la garantía, los daños y perjuicios que provienen de la violación de la obligación, etc. En pocas palabras, las garantías mobiliarias son prendas abiertas.

Desarrollo

Garantías Mobiliarias 

Las garantías mobiliarias se refieren a las diferentes operaciones que tengan como fin garantizar una obligación de ambas partes, el garante y el incluyente, con los bienes muebles, siendo establecidas en contratos, pactos o cláusulas. Con esta ley, el gobierno buscó aumentar la posibilidad de las personas al crédito mediante el incremento de los bienes que puedan ser objeto de garantía mobiliaria, además, con esto aumenta al sector productor.

 En pocas palabras, lo que esta ley pretende es que la competitividad mejore en el indicador de obtención de crédito, ya que ayudara a la reducción del costo de financiación de las pequeñas y medianas empresas. Del mismo modo, esta ley, buscó corregir la problemática que presento el contrato de prenda, el cual convertía un bien mueble en una garantía de cualquier crédito, debido a que no abarcaba con las necesidades que se estaban presentando en ese momento, ya que, las ventas de ciertos bienes quedaban en el aire, pues, no existía una garantía real para el acreedor. 

Por el contrario, esta ley, estableció un registro de todos los bienes que fueron establecidos a crédito, que permitiría recuperar estos bienes con mayor facilidad. El registro en conjunto con los otros elementos contenidos en dicha ley, tienen adicionalmente como propósito mejorar el ambiente de negocios y entorno empresarial, simplificando la constitución, oponibilidad, prelación y ejecución de las mismas.

Gracias a esto, esta ley es muy utilizada por las empresas, ya que podían recuperar el bien, sin necesidad de dar inicio a un proceso ejecutivo. De igual forma, a empresarios pequeños les brindo beneficios, como: que les permite construir garantías sobre bienes muebles; tienen derecho a reclamar por la violación de la ley, en comparación a lo que se presentaba antes de que la ley se expidiera; estos empresarios pueden usar, vender y transformar el bien; y las tasas de interés disminuirán por al aumento de créditos. Con esto, las empresas le prestarán con mayor facilidad a las personas.

Esta ley, a su vez formalizó diversas opciones para lograr la oponibilidad de esta garantía a terceros. Además, puede ser aplicada frente a los bienes muebles que las personas le otorguen un valor, esto principalmente en los bienes nuevos. También, se puede aplicar a los bienes muebles que no existen, pero que se tiene estimado que existan, esto último según el artículo 6, numeral 1, de la ley ya antes mencionada. Sin embargo, estas garantías, no podrán ser efectuadas en los bienes muebles cuya permuta, arrendamiento, utilización o venta como garantía mobiliaria esté prohibida por ley imperativa o de orden público.

Por otro lado, se pueden establecer garantías frente a bienes inmuebles por adhesión, siempre y cuando estos puedan separarse sin causa daño alguno a este bien inmueble, según el artículo 5. Esta ley, también aplica para bienes incorporables, principalmente en los derechos patrimoniales de la propiedad intelectual, siempre que no estén representadas por anotaciones en cuenta, según el artículo 6, numeral 2,3 y 4.

Gracias a la vigencia de esta ley, los contratos para garantía mobiliaria son más formales, debido a que estos deben presentarse por escrito, además, son entre el garante (persona natural o jurídica, sea el deudor o tercero) y el acreedor garantizado (debe estar inscrito en el registro de garantías mobiliarias), además, los contratos deben contener: Nombres, identificaciones y firmas de los contratantes; el valor máximo cubierto por la garantía; la descripción genérica o especifica de los bienes dados en garantía; y una explicación de las obligaciones garantizadas, sean presentes o futuras.

En esto contratos se puede llegar a garantizar el capital de la deuda establecida, sus comisiones, intereses, gastos para el desarrollo de la garantía, los daños y perjuicios que provienen de la violación de la obligación, etc. En pocas palabras, las garantías mobiliarias son prendas abiertas. Registro de garantías mobiliarias, este es un método clasificador centralizado, por internet, es de gran utilidad y genera beneficios debido a que se puede evidenciar un ahorro no solo en dinero, sino también en tiempo. Les permite a las entidades implantar criterios más flexibles para el acceso al crédito debido a la presencia de medios fáciles de cobro, esto es otro beneficio el cual se puede notar más en las empresas pequeñas y medianas.

Prelación entre garantías, la prelación es el método fundamental para resolver las colisiones de las garantías sobre los bienes del garante entre acreedores.

  •  Respecto a las garantías cuya oponibilidad ante terceros de conformidad con lo previsto en la ley, ocurre por la tenencia del bien o control sobre la cuenta de depósito bancario, la prelación se determinará por el orden temporal de su oponibilidad a terceros.
  •  Una garantía mobiliaria que sea oponible mediante su inscripción en el registro, tendrá prelación sobre aquella garantía que no hubiere sido inscrita.
  •  Entre una garantía mobiliaria oponible a terceros mediante su inscripción en el registro y una garantía mobiliaria oponible a terceros por cualquier otra forma prevista en la ley, la prelación será determinada, cualquiera que sea la fecha de constitución por el orden temporal de su inscripción o por la fecha de su oponibilidad a terceros de ser esta anterior.
  •  Si la garantía mobiliaria no se inscribió en el registro, su prelación contra otros acreedores garantizados con garantías mobiliarias no registradas será determinada por la fecha de celebración del contrato de garantía.

Oponibilidad ante terceros, consiste en la capacidad de una persona de hacer valer un derecho, esta sin haber sido parte y sin haber tenido una representación en el acto. Los métodos de oponibilidad pueden variar según la naturaleza de los bienes.

Existen dos formas diferentes para la efectuación de las garantías mobiliarias: la de ejecución especial, y la judicial.

Ejecución especial, esta se trata de que el acreedor se puede llevar el bien puesto en garantía de forma directa, esto solo se puede realizar en ciertos casos como: cuando el acreedor atesore el bien en garantía; si el bien es efímero; cuando se cumpla una cláusula de alguna obligación; si es de mutuo acuerdo entre el acreedor y el deudor; y si el bien tiene un precio menor de 20 SMLV. Esto debe estar constituido dentro del contrato.

En caso de que al acreedor se le violen las obligaciones ya establecidas, se le deberá notificar al deudor, diciendo que tiene un plazo de 10 días, para acordar la procedencia de esta ejecución, en caso de que no se llegue a un acuerdo, se dará paso a la ejecución judicial.

La ejecución solo podrá tener oposición en 4 casos: en el error en la especificación de la cantidad que se exigía; en algún tipo de falsedad en el contrato; desaparición de la garantía mobiliaria conocida por medio de la certificación registral; desaparición de la responsabilidad garantizada o no exigible por estar atada a una cláusula con posibilidad de un aplazamiento. Esto deberá ser visto por un juzgado, encargado de resolver la situación, según el valor de la obligación.

Conclusión

En esto contratos se puede llegar a garantizar el capital de la deuda establecida, sus comisiones, intereses, gastos para el desarrollo de la garantía, los daños y perjuicios que provienen de la violación de la obligación, etc. En pocas palabras, las garantías mobiliarias son prendas abiertas. Registro de garantías mobiliarias, este es un método clasificador centralizado, por internet, es de gran utilidad y genera beneficios debido a que se puede evidenciar un ahorro no solo en dinero, sino también en tiempo. Les permite a las entidades implantar criterios más flexibles para el acceso al crédito debido a la presencia de medios fáciles de cobro, esto es otro beneficio el cual se puede notar más en las empresas pequeñas y medianas.

En este método, las entidades financieras se registrarán como acreedores garantizados, para que de este modo establezcan las garantías que consideren a su favor, de igual forma, estas pueden tener las consecuencias de prelación respecto a otras, de oponibilidad ante terceros y de segregación en caso de anulación. Esto con el fin de que, si dos acreedores tienen garantías frente a un mismo garante se pueda determinar con mayor facilidad a que acreedor responder primero.

21 May 2021
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